El Grupo Socialista lo recurrió al considerar que se vulneraba el principio de caja única para privilegiar a La Generala en el orden de pagos
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.° 1 de Cartagena ha dictado sentencia estimando la demanda que presentó el Grupo Socialista en el Ayuntamiento de Fuente Álamo contra un acuerdo de Pleno adoptado en 2012, en el que se habilitaba a la concesionaria del servicio de agua (la UTE Gestagua-Generala) a ingresar la recaudación obtenida por la tasa de basura a la empresa que presta este servicio (La Generala), directamente y sin pasar por la Tesorería municipal.
El PSOE entendió que esta operación vulneraba el principio de caja única, con el fin de garantizar a La Generala el cobro preferente de sus servicios en caso de falta de liquidez en la Tesorería municipal. Y así lo ha entendido el juez, quien afirma en la sentencia que "la entrega directa del importe recaudado de la tasa supone privilegiar a un acreedor municipal, que no ostenta legalmente derecho preferente frente a otros".
El portavoz socialista en el Ayuntamiento, Antonio Jesús García Conesa, ha expresado su satisfacción por esta victoria judicial: "Son muchas las irregularidades que le hemos destapado al equipo de gobierno en materia de gestión económica. En su día nos dio la razón el Consejo Jurídico de la Región de Murcia cuando declaró nula una subvención de 300.000 euros que se concedió ilegalmente; después fue la Intervención General del Estado la que, a petición nuestra, dictaminó que se estaban contabilizando indebidamente como pendientes de cobro 7,4 millones de euros de convenios urbanísticos, y ahora un Juzgado nos da la razón en este caso. En su día ya dijimos que todos los proveedores del Ayuntamiento, grandes o pequeños, tienen el mismo derecho a cobrar puntualmente lo que se les debe. Si quieren ser puntuales en los pagos, que hagan buenas previsiones presupuestarias y buena gestión económica, pero que no se salten las leyes para beneficiar a los grandes".