Sobre las 11:45 horas de la mañana del sábado 28 de mayo de 2022, una patrulla de la Policía Local de Fuente Álamo se ha presentado en la plaza de la Constitución para advertir, a los dirigentes y militantes del partido SOMOS REGIÓN, que no podían llevar a cabo la concentración prevista, y cuya solicitud de autorización había sido presentada, el día 19 de mayo, ante la Delegación del Gobierno de Murcia, al igual que se había venido haciendo durante los últimos 9 meses.
El día 2 de octubre de 2021, SOMOS REGIÓN inició su campaña "DESPIERTA REGIÓN, DESPIERTA" en Abanilla, concentrándose en la plaza del Ayuntamiento para DENUNCIAR LA GRAVE SITUACION INSTITUCIONAL, SOCIAL Y ECONÓMICA que padece la Región de la que no escapa tampoco el municipio Fuente Álamo.
Desde entonces y hasta la fecha de hoy se han desarrollado las concentraciones con toda normalidad, según la programación prevista. Concretamente, se han visitado los Ayuntamientos de Abanilla, Abarán, Águilas, Albudeite, Alcantarilla, Los Alcázares, Aledo, Alguazas, Alhama, Archena, Blanca, Bullas, Calasparra, Campos del Río, Cehegín, Ceutí, Cieza y Fortuna. En total 18 municipios visitados por SOMOS REGIÓN, en cuyas plazas se ha impulsado el "sentimiento regionalista" como una necesidad y la única vía para salir del "colapso" en el que nos encontramos.
Por ello, sorprende que el Ayuntamiento interprete erróneamente el acuerdo de la Delegación de Gobierno que hace constar que, por no haber cumplido con el requisito de la comunicación previa con antelación mínima de 10 días, los organizadores y promotores ASUMIRÁN LA RESPONSABILIDAD; y que envíe a la Policía Municipal para impedir la concentración alegando que HABÍA SIDO EXPRESAMENTE DENEGADA Y SUSPENDIDA. Este extremo fue ratificado por la propia agente local, tras realizar una llamada telefónica al Comisario, ante los afiliados y militantes del partido. Los participantes en la concentración, para evitar situaciones tensas, optaron por obedecer pese a no compartir la decisión que había sido verbalmente comunicada.
A este respecto cabe señalar que, para que los poderes públicos puedan incidir en el derecho de reunión, restringiéndolo, modificando las circunstancias de su ejercicio, o prohibiéndolo, es preciso que existan razones fundadas, lo que implica una exigencia de motivación de la resolución correspondiente, en la que se aporten las razones que han llevado a la autoridad gubernativa a concluir que el ejercicio del derecho fundamental de reunión producirá una alteración del orden público o la desproporcionada perturbación de otros bienes o derechos protegidos por nuestra Constitución.
Pero para ello, no basta con que existan dudas sobre si el derecho de reunión pudiera producir efectos negativos, debiendo presidir toda actuación limitativa del mismo el principio o criterio de favorecimiento del derecho de reunión (STC 96/2010, de 5 de noviembre).
El artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983 dispone que: la autoridad gubernativa suspenderá y, en su caso, procederá a disolver las reuniones y manifestaciones exclusivamente cuando se consideren ilícitas de conformidad con las Leyes penales, o cuando se produzcan alteraciones del orden público, con peligro para personas o bienes.
Es evidente que, de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y la Ley Orgánica 9/1983, NO EXISTÍAN MOTIVOS PARA IMPEDIR EL SÁBADO 28 DE MAYO, LA CONCENTRACIÓN DEL PARTIDO SOMOS REGIÓN EN LA PLAZA DE LA CONSTITUCIÓN DE FUENTE ÁLAMO.
Sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales oportunas, SOMOS REGIÓN en defensa de sus intereses, en breve se anunciará una nueva concentración en Fuente Álamo, un motor importantísimo social y económico del Campo de Cartagena y que no está suficientemente atendido y defendido por el Gobierno Regional.